SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0875/2020-S3
Fecha: 30-Nov-2020
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El Banco de Crédito de Bolivia S.A., a través de su representante legal y abogado en audiencia señaló que, para analizar y decidir si la parte impetrante de tutela tiene o no razón, corresponde analizar la naturaleza jurídica de la Resolución 610/2018 impugnado, que fue dirimido como extemporáneo por el Tribunal de alzada a través del Auto de Vista 287/2019; en ese entendido, se evidencia que el incidente de nulidad resuelve cuestiones accesorias al proceso y no pone fin a éste, por lo tanto, no es una sentencia o un auto interlocutorio definitivo, incurriendo la parte actora en un error interpretativo de la norma para el cómputo del plazo de apelación; en ese sentido, no se puede conceder la tutela basando su fundamentación en propia culpa, ya que el art. 262 del CPC, establece un plazo de tres días para interponer el recurso correspondiente conforme ya lo analizaron las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 807/2019-S4 de 12 de septiembre y 314/2019-S2 de 29 de mayo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- i)
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- verificar si en esa labor no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- cuando una actuación judicial contiene una decisión arbitraria, con evidente repercusión en el proceso, en perjuicio de los derechos fundamentales de una de las partes, pueden ser susceptibles de controversia en sede de tutela
- a menos que pueda constatarse una arbitrariedad manifiesta por parte de la autoridad emplazada que ponga en evidencia la violación de derechos de naturaleza constitucional
- III.2. Impugnación de incidentes en el proceso ejecutivo
- Los
- Las resoluciones que resuelvan los incidentes, admitirán recurso de reposición con alternativa de apelación
- ejecución de sentencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR