Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0879/2020-S3
Fecha: 24-Nov-2020
II.6.
II.6. Por memorial de 2 de septiembre de 2019, Jamil Heiner Victorio Flores y Brandon Maruri Huamanñahui, solicitaron al Presidente del Consejo Universitario de la UMRPSFXCH -hoy accionado-, que a inicio de la siguiente sesión del Consejo Universitario programado para el 5 del citado mes y año, se pase directamente a considerar entre puntos varios, las reiteradas peticiones con relación a la impugnación del Oficio Rectoral, que no dio curso a la posibilidad de acceder a la carrera de Medicina de esa casa superior de estudios, vía Convenio Andrés Bello (fs. 69).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- III.2.
- Fragmento 29