SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0909/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0909/2020-S3

Fecha: 17-Dic-2020

II.17.

II.17.    A través de orden de notificación emitida por la CSUTCOPCC de 17 de agosto de 2017, dirigida al Directorio de la APL del Valle de Cochabamba a efecto de que puedan asistir a la audiencia en el lugar del conflicto, mencionando que: “Su inasistencia a esta notificación hará presumir su renuncia a la conciliación…” (sic), caso en el que se verán obligados a remitir los hechos ante las autoridades competentes -consta recepción de la APL del Valle de Cochabamba de 18 de agosto del citado año- (fs. 113).