SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2020-S3
Fecha: 18-Feb-2020
Sobre la demora en la remisión de la acción de amparo constitucional a este Tribunal por parte del Tribunal de garantías
Resuelta la problemática planteada, considerando que la remisión de antecedentes a este Tribunal se efectuó a casi un mes de emitida la respectiva Resolución, corresponde exhortar al Tribunal de garantías para que en próximas actuaciones en dicha calidad observen lo establecido en los arts. 126.IV de la CPE y 38 del Código Procesal Constitucional (CPCo), en sentido que la remisión de actuados a fin de la resolución del caso en la fase de revisión por parte de este Tribunal, debe efectuarse dentro de las veinticuatro horas de pronunciada la resolución; en el presente caso, el fallo respectivo fue dictado el 31 de julio de 2019; sin embargo, la referida remisión se concretó el 26 de agosto de igual año conforme consta de la guía de courier cursante a fs. 36, lo que en definitiva desconoce el espíritu de la norma que estableció un parámetro específico respecto a la naturaleza misma de esta acción tutelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- De lo que se concluye que la fundamentación de las resoluciones judiciales no sólo es exigible al momento de disponer la detención preventiva, sino también cuando se rechaza la solicitud de cesación de la detención preventiva, se determine la sustitución o modificación de esa medida o, finalmente, cuando se la revoca; aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en
- III.2. Análisis del caso concreto
- Con relación al art. 234.10 del CPP
- Sobre el riesgo de fuga previsto en el art. 234.8 del CPP
- Con relación al riesgo establecido en el art. 235.1 del CPP
- En cuanto al peligro de obstaculización establecido en el art. 235.2
- b)
- c)
- de acuerdo al entendimiento jurisprudencial
- Sobre la falta de consideración de la SCP 0010/2018-S2 con relación a la protección reforzada para personas de la tercera edad
- Sobre la demora en la remisión de la acción de amparo constitucional a este Tribunal por parte del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR