Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2020-S4
Fecha: 19-Mar-2020
II.2.
II.2. Por Resolución del Honorable Consejo Facultativo 818/2015 de 6 de octubre, se determinó solicitar a la Comisión de Procesos, el inicio de proceso contra la hoy impetrante de tutela, Coordinadora del Proyecto “Estudio Antropológico Forense sobre Desapariciones Forzadas en Tiempos de Dictadura en Bolivia” y otro, conforme a los arts. 21 y 26 del Reglamento de Procesos Universitarios de la UMSA (fs. 59 a 60).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- sin considerar que debía agotar previamente el recurso de reconsideración ante el Consejo Universitario de la
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR