Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2020-S4
Fecha: 19-Mar-2020
II.6.
II.6. A través de escrito presentado el 23 de noviembre de 2017, la hoy solicitante de tutela, planteó recurso de apelación contra la Resolución 28/2017; mismo, que mereció la Resolución 07/2018 de 26 de junio, emitida por la Comisión Permanente de Apelaciones, que en su parte resolutiva determinó confirmar en todas sus partes el fallo de primera instancia, disponiendo su remisión, por conducto regular, a efectos de su ejecutoria; siendo notificada la recurrente con dicha Resolución, el 29 de junio de 2018 (fs. 175 a 179 vta.; y, 180 a 185).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- sin considerar que debía agotar previamente el recurso de reconsideración ante el Consejo Universitario de la
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR