Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2020-S4
Fecha: 19-Mar-2020
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 002/2019 de 7 de noviembre, cursante de fs. 192 a 194 vta., pronunciado dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Pablo Oswaldo Justiniano Vaca en representación legal de Ángel Alejandro Monrroy Montecinos contra Félix Samuel Lozano Chumacero y Juan Toro Villca, ex y actual Director de la Escuela de Comando y Estado Mayor Naval de la Armada de Bolivia, respectivamente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- si las accionantes acudieron a esa vía idónea, deben aguardar que la respectiva autoridad, resuelva el recurso de alzada que fue interpuesto, y posteriormente el recurso jerárquico y una vez agotada dicha vía, y si acaso persiste la lesión al debido proceso y al trabajo que ahora invocan, recién podrá acudir a la jurisdicción constitucional para su reparación
- no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, por cuanto al haber activado las accionantes dos vías paralelas o simultáneas reclamando los mismos hechos, incurrieron en una causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional, motivo por el cual no corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR