SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

II.3.

II.3.  Mediante Memorando con Cite AN-USOGC 027/2018 de 23 de enero, el Jefe de la USO de la ANB asignó a la accionante funciones en la oficina de PTAs y COPOs del 23 de enero al 31 de diciembre de 2018 (fs. 269); siendo impugnado por la accionante a través del recurso de revocatoria de 8 de febrero de igual año por no especificar la normativa que le facultaba al mencionado Jefe emitir ese tipo de memorando, alegando su nulidad por ser dispuesto por autoridad incompetente (fs. 300). Dicho recurso fue resuelto por el mismo Jefe mediante Nota AN USOGC 471/2018 de 20 de febrero, indicando que no corresponde pronunciarse al respecto porque el Memorando en cuestión no es una resolución o acto administrativo definitivo ni afecta, lesiona o causa perjuicio a sus intereses legítimos, añadiendo que no está relacionado al ingreso, promoción o retiro de la carrera administrativa, siendo inimpugnable (fs. 267 a 268). Contra la mencionada Nota, el 27 de febrero de 2018, la accionante interpuso recurso jerárquico, señalando que la misma es lesiva a sus intereses y derechos por no resolver el fondo de su recurso de revocatoria contra su traslado a las oficinas de PTAs y COPOs, ya que fue constantemente rotada a distintos cargos sin su consentimiento, incumpliéndose lo determinado por el art. 7 del EFP respecto a que todo servidor público tiene derecho a desempeñar las funciones o tareas inherentes a su cargo, añadiendo que no se encuentra dentro de las atribuciones del Jefe de la USO la asignación de funciones a servidores públicos de carrera; por lo que solicitó revocar la Nota AN USOGC 471/2018 y anular el Memorando con Cite AN-USOGC 027/2018 (fs. 270 a 297). En consideración a lo indicado, el Jefe de Régimen Laboral e Impugnación de la Dirección General del Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través del Informe MTEPS-VESCyCOOP-DGSC-URLel-MCRS-0030-INF/19 de 25 de febrero de 2019, señaló que al ser el objeto de dicho recurso el Memorando con Cite AN-USOGC 027/2018, no corresponde ser resuelto con base en el DS 26319 ni la aplicación del procedimiento previsto en el Reglamento de Impugnación al Régimen Laboral de las Servidoras y Servidores Públicos por no ser un acto administrativo definitivo; recomendando a Shirley Jazmi Pérez Velásquez, actual Directora General del Servicio Civil del citado Ministerio -hoy coaccionada-, devolver dichos antecedentes a la ANB (fs. 261 a 265); siendo devueltos por CITE: MTEPS-VESCyCOOP-DGSC-URLel-MCRS-0087-CAR/19 de 28 de febrero de 2019 (fs. 260).