Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2020-S4
Fecha: 14-Jul-2020
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La parte accionante señaló como lesionados sus derechos a la petición, al trabajo, a la libertad de comercio, al debido proceso en sus elemento de fundamentación, motivación y congruencia y al principio a la impugnación en relación al derecho a la defensa, citando al efecto los arts. 24, 46, 47, 115, 178.I, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 y 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- i)
- I.2.4. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III.1. Límites de activación de la acción de amparo constitucional para definir controversias derivadas de la ejecución de contratos.
- la ejecución de un contrato o la denuncia sobre resolución del mismo
- III.2. Resolución de los contratos administrativos en el marco del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Medios de impugnación
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento, previa antes de la activación de la justicia constitucional a través del amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR