Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2020-S4
Fecha: 14-Jul-2020
II.11.
II.11. El 29 del mismo mes y año, por Cite DR 343/2018, la indicada empresa por intermedio de su representante legal, ante la inadecuada tramitación del recurso jerárquico, solicitó al Gerente General de la CNS, el levantamiento de la sanción impuesta en el SICOES hasta el agotamiento de recursos administrativos (fs. 38 a 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- i)
- I.2.4. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III.1. Límites de activación de la acción de amparo constitucional para definir controversias derivadas de la ejecución de contratos.
- la ejecución de un contrato o la denuncia sobre resolución del mismo
- III.2. Resolución de los contratos administrativos en el marco del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Medios de impugnación
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento, previa antes de la activación de la justicia constitucional a través del amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR