Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2020-S4
Fecha: 14-Jul-2020
II.6.
II.6. Mediante Nota Administrativa 001/2018 de 23 de agosto, el Responsable del Proceso de Contrataciones de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA) de la CNS Regional Cochabamba, determinó en su Artículo Primero, dejar sin efecto la Orden de Compra CM. 0497/2018; y, en su Artículo Segundo el registro en el SICOES como impedido a la empresa “BIOTECNO Ltda.”, por incumplimiento a la referida Orden de Compra, ello en cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 43 inc. j) y 43.I inc. d) del DS 0181; y, numeral 7.2.12 inc. b) sub numeral i) y ii) e inc. c) sub numeral ii) del Manual de Operaciones del SICOES (fs. 19 a 21).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- i)
- I.2.4. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III.1. Límites de activación de la acción de amparo constitucional para definir controversias derivadas de la ejecución de contratos.
- la ejecución de un contrato o la denuncia sobre resolución del mismo
- III.2. Resolución de los contratos administrativos en el marco del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Medios de impugnación
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento, previa antes de la activación de la justicia constitucional a través del amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR