Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2020-S4
Fecha: 17-Jul-2020
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 083/2019 de 4 de julio, cursante de fs. 399 a 407 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Madelaine Milagros Mollinedo Ponce de León, representante legal de la empresa LEVON Sociedad Anónima (S.A.) Sucursal Bolivia contra Omar Osvaldo Mirones Álvarez, representante legal y Mario Alberto Roncal Escalera, funcionario, ambos de la empresa OMEGATEC; e, Ismael Jallaza Mallco, Gerente Regional de ELECTRORED (BOLIVIA) Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente
- De manera general, cuando los particulares o el Estado invocando supuesto ejercicio legítimo de sus derechos o intereses adoptan acciones vinculadas a medidas
- Es así que el Tribunal Constitucional Plurinacional ante la evidencia de medidas de hecho, y la emergencia de la tutela al carecer de ineficacia inmediata los medios de protección ordinarios, estableció que las referidas circunstancias como es el corte de servicios básicos es procedente la otorgación de una tutela provisional y transitoria, garantizando de este modo el Estado de Derecho, razonamiento que es conforme a la SCP 0929/2014 de 15 de mayo
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2. Sobre el derecho al trabajo
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte