Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0136/2020-S1
Fecha: 23-Jul-2020
8)
8) Anualmente se procede a dictar las leyes respectivas para inicio de cobro de impuesto, la gestión 2018, se dictó la Resolución Administrativa para inicio de cobro, para dicha gestión (se entiende 2019) aún no se dictó, ahí radican los cuadros y base imponibles cuando se trata de personas jurídicas y no se puede pagar impuesto como área rural porque no tiene esas características ya que está habitado hace más de 50 años por habitantes de Colpa Bélgica, quienes en el momento que la autoridad jurisdiccional determine el derecho propietario determinará si dicho ente municipal procederá al cobro del impuesto a la vivienda, con carácter retroactivo; y,
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- c)
- d)
- f)
- g)
- 1)
- 2)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- III.1. Características de la acción de cumplimiento
- Fragmento 20
- La SCP 0680/2013 de 3 de junio
- III.2.1. Improcedencia de la acción de cumplimiento por inexistencia de un deber claro, expreso y exigible
- III.2.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- III.3.1. En cuanto al incumplimiento del art. 92 del CT
- III.3.2. En cuanto al incumplimiento de lo dispuesto en el art. 105 del CT
- CONFIRMAR
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.