Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0159/2020-S1
Fecha: 27-Jul-2020
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 29 de noviembre de 2016, María Teresa Mercado Muriel -ahora peticionante de tutela- formuló demanda agroambiental de nulidad del Título Ejecutorial SSP-NAL-074787, de la propiedad denominada “MERCADO”, ubicada en la zona del cerro de Cota de la provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba; contra Gualberto Mercado Olmos y Martha Balvina Aranibar de Mercado -ahora terceros interesados- (fs. 2 a 10 vta.); la que, fue admitida por Auto Interlocutorio 140/17 de 17 de enero de 2017, pronunciado por la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental (fs. 12 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La improcedencia de activar otra acción de amparo constitucional cuando exista sentencia constitucional en un primer amparo, del cual emerge el que se interpone
- la eficacia del cumplimiento o ejecución de las resoluciones constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- Sobre la actuación de la
- REVOCAR
- 2º Llamar la atención
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional