SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0159/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0159/2020-S1

Fecha: 27-Jul-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La peticionante de tutela denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, congruencia, defensa y acceso a la justicia; en razón a que, las Magistradas demandadas dentro del proceso agroambiental de nulidad del Título Ejecutorial SSP-NAL-074787, a través del Auto Interlocutorio Definitivo S2a 26/2018, declararon probada la excepción de cosa juzgada, sin la debida fundamentación, con defectuosa valoración de la prueba y de manera incongruente; ya que, no consideraron que conforme al art. 340 inciso 2) del CPCabgr., para la procedencia de la excepción de cosa juzgada, es imprescindible la presentación del testimonio de un anterior proceso; no demostraron su participación como sujeto procesal en los anteriores litigios incoados por otras personas; y, sustentaron su decisión en normas que no fueron invocadas por el excepcionista -ahora tercero interesado-; asimismo, debido a que la indicada resolución puso fin al proceso, no tienen otros medios de impugnación que les permita acceder a la justicia.