Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
1° CONCEDER
1° CONCEDER la tutela solicitada por los accionantes, solo respecto a los Vocales de la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del nombrado Tribunal, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 06 de 23 de enero de 2019, emitido por los Vocales codemandados, quienes deben pronunciar, en el plazo de diez días a computarse desde la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, nuevo Auto de Vista que resuelva el recurso de apelación formulado por los ahora impetrantes de tutela, en el marco de los fundamentos expuestos en este fallo constitucional; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Los derechos laborales, su protección constitucional y normativa
- Principio de No Discriminación,
- los principios del Derecho del Trabajo
- El principio protector
- este principio que encuentra su fundamento en la desigualdad económica que existe entre los sujetos de la relación laboral, el Derecho del Trabajo debe otorgar una tutela jurídica preferente al trabajador con la finalidad de precautelar su personalidad humana en las relaciones de trabajo y no sea objeto de abuso y arbitrariedades por parte del empleador
- III.2. Los laudos arbitrales en materia laboral, su ejecución mediante auxilio judicial
- REVOCAR
- 1° CONCEDER