Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
I.2.2.
Adhemar Fernández Ripalda y Edgar Molina Aponte, Vocales de la Sala en Materia de Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, no asistieron a la audiencia de esta acción tutelar, ni presentaron informe alguno, pese a sus legales notificaciones, cursantes a fs. 79 y 80.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. Los derechos laborales, su protección constitucional y normativa
- Principio de No Discriminación,
- los principios del Derecho del Trabajo
- El principio protector
- este principio que encuentra su fundamento en la desigualdad económica que existe entre los sujetos de la relación laboral, el Derecho del Trabajo debe otorgar una tutela jurídica preferente al trabajador con la finalidad de precautelar su personalidad humana en las relaciones de trabajo y no sea objeto de abuso y arbitrariedades por parte del empleador
- III.2. Los laudos arbitrales en materia laboral, su ejecución mediante auxilio judicial
- REVOCAR
- 1° CONCEDER