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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2020-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2020-S2

    Fecha: 24-Jul-2020

    II.2.

    II.2.  Consta Auto de Vista 499/2019 de 2 de octubre, pronunciado por Margot Pérez Montaño y Elisa Exalta Lovera Gutiérrez, Vocales de la Sala Penal Tercera y Cuarta, respectivamente, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora codemandadas-, por el cual declararon improcedente las cuestiones planteadas por el impetrante de tutela, en consecuencia confirmaron la decisión del Tribunal a quo (fs. 46 a 49).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 12
    • Fragmento 13
    • III.1.  Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la Resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar. Jurisprudencia reiterada
    • primero, relativo a la congruencia externa
    • debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos contenidos en la resolución
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • ii)
    • iii)
    • b)
    • c)
    • una externa
    • Fragmento 23
    • CONFIRMAR

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