SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0303/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

iv)

iv) En el Auto de inicio de sumario disciplinario se garantizó el debido proceso; puesto que, describe los hechos fácticos de las probables faltas disciplinarias denunciadas, las pruebas recolectadas en la fase investigativa y la disposición de inicio del proceso conforme señala el art. 86 del Acuerdo prenombrado; además, “…en la Resolución Disciplinaria impugnada no se le sancionó por esa falta disciplinaria consistente en retardo de la tramitación del proceso, pero si se lo hizo conocer que se le estaba procesando por esa falta también como por la falta de competencia en razón de materia y no territorial, resguardándose su derecho a la defensa…” (sic); y,