SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2020-S1

Fecha: 13-Ago-2020

Sobre el abandono de la querella, esta norma de ninguna manera debe ser interpretada en su literalidad, sino más bien, de forma sistemática y “desde y conforme a la Constitución

Sobre el abandono de la querella, esta norma de ninguna manera debe ser interpretada en su literalidad, sino más bien, de forma sistemática y “desde y conforme a la Constitución”; así, el art. 180.I en concordancia con el art. 113.I de la CPE, señalan que: “La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez.”; “La vulneración de los derechos concede a las víctimas el derecho a la indemnización, reparación y resarcimiento de daños y perjuicios en forma oportuna”.