SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2020-S2

Fecha: 19-Ago-2020

2)

2)  Con relación al numeral 1 del art. 234 del CPP, el Juez a quo, pese a la ausencia de elementos de prueba que permitan sostener fundadamente el riesgo de fuga del peticionante de tutela, invierte la carga de la prueba, contraviniendo los arts. 14.IV de la CPE y 6 del aludido Código. Pese a ello, presentó documental correspondiente a la certificación de Fundación para el Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA) y Número de Identificación Tributaria (NIT) de la empresa unipersonal “ECONOMIC TREND BOLIVIA”, que cuenta con escritura de propiedad rural agraria, con los cuales se establece que hay una actividad lícita; por lo que, la determinación de dicha autoridad al concluir que no es suficiente para acreditar trabajo, carece de un razonamiento real, que de forma subjetiva y sin el menor elemento de convicción desacredita la documental aportada para demostrar la existencia de trabajo o negocio lícito asentado en el país, contrariando los entendimientos de la SC 0437/2005-R de 28 de abril, SCP 0029/2015-S2 y el Auto Supremo 14/2013-RRC;