SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2020-S2

Fecha: 19-Ago-2020

i)

El accionante por medio de su abogado, amplió el contenido de la acción de libertad, expresando que: i) Se debe tomar en cuenta las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 1665/2012 de 1 de octubre y 0283/2018-S2 de 25 de junio, referentes al debido proceso que en medidas cautelares no es requisito exigir absoluta indefensión para la activación de la acción de libertad; y, ii) El Juez a quo no especificó en qué elementos se basó para concluir que su persona va influir en la víctima, así como los Vocales demandados indicaron que se fundaron en elementos de convicción; empero, sin constar ninguno de ellos.

i)   Con relación al primer agravio, la ley establece en el inicio del proceso penal como suficiente la presentación de elementos de convicción que hagan suponer la existencia del hecho que vincula al imputado de alguna manera como probable partícipe; que en el caso fueron la manifestación del niño, quien lo reconoce e identifica, y coloca al procesado en el escenario del hecho, extractos fotográficos de las cámaras, la aseveración de la mamá, y otros actos de investigación por los cuales el Ministerio Público con respaldo legal sostiene el requerimiento fiscal, los cuales no fueron desvirtuados por aquel al no presentarse elementos probatorios para enervarlo; por lo que, no resulta trascendente reproducir todo el video del hecho, así como lo manifestó e interpretó el Juez a quo en su fundamentación;