SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S2
Fecha: 26-Ago-2020
aún pendiente de pronunciamiento
De lo antedicho se tiene que en el caso concreto, no es viable disponer el cumplimiento de la Conminatoria que emanó del tercer caso aperturado por un hecho idéntico (el despido presuntamente injustificado de la hoy accionante); en razón a la existencia de una primera denuncia aún pendiente de pronunciamiento, por la cual, la impetrante de tutela pretende el cobro de sus beneficios sociales, pedido que si bien no fue materializado; empero, sigue en trámite y resulta excluyente de su solicitud de reincorporación, cuya demanda presentó de forma posterior sin hacer ninguna referencia a su primera pretensión -al igual que ocurrió al interponer su acción tutelar-; y, sin renunciar a ella.
Consecuentemente, al haber optado la trabajadora -hoy accionante-, por el cobro de beneficios sociales cuya denuncia se encuentra en trámite, es inviable que al mismo tiempo se tutele la reincorporación que se dispuso en su segunda denuncia (a través de la Conminatoria J.D.T.L.P./D.S. 0495/151/2018); siendo este un razonamiento similar al contenido en las SSCC 0814/2001-R, 0217/2001-R, 1368/2001-R, 0468/2003-R, 0479/2003-R y 1734/2010-R, que guarda coherencia con la jurisprudencia desglosada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional plurinacional; además, considerando que respecto a la segunda denuncia que planteó la demandante de tutela, existen dos casos aperturados, de los cuales únicamente se resolvió el 5045/18-DO; corresponderá denegar la tutela, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- no anula el procedimiento de beneficios sociales sigue vigente
- Fragmento 8
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 15
- En caso de que el trabajador opte por su reincorporación podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Parágrafo IV del presente Artículo, la trabajadora o trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan
- Fragmento 18
- en los casos vinculados a los despidos injustificados e intempestivos, cuando el trabajador cesado, solicita su reincorporación habiendo optado previamente por el cobro de sus beneficios sociales, incurre en una pretensión que no puede ser amparada por la justicia constitucional
- Fragmento 20
- en el caso “5045/18-DO”
- son excluyentes entre sí
- se inicia un nuevo proceso de reincorporación con la citación
- aún pendiente de pronunciamiento
- III.3. Otras Consideraciones
- CONFIRMAR