SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S2
Fecha: 26-Ago-2020
Fragmento 2
Alegó ser trabajadora indefinida del “Jardín Infantil Colors of Place”, -Sociedad para el Desarrollo Infantil AIDA S.R.L.-, tras su ingreso el año 2014 como educadora y posterior suscripción de contrato de trabajo en la gestión 2015. El 2016, no firmó ningún contrato; por lo que, consideró que la relación laboral se convirtió en permanente y continuó en sus funciones hasta enero de 2018, cuando fue despedida de forma injustificada. Agregó que, al finalizar cada gestión, la entidad empleadora -ahora demandada- consultaba a todo el personal si proseguirían prestando sus servicios el siguiente año; y, el 2017, aceptó continuar en su puesto únicamente por el turno de la mañana, extremo consentido por sus empleadores.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- no anula el procedimiento de beneficios sociales sigue vigente
- Fragmento 8
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 15
- En caso de que el trabajador opte por su reincorporación podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Parágrafo IV del presente Artículo, la trabajadora o trabajador podrá interponer las acciones constitucionales que correspondan
- Fragmento 18
- en los casos vinculados a los despidos injustificados e intempestivos, cuando el trabajador cesado, solicita su reincorporación habiendo optado previamente por el cobro de sus beneficios sociales, incurre en una pretensión que no puede ser amparada por la justicia constitucional
- Fragmento 20
- en el caso “5045/18-DO”
- son excluyentes entre sí
- se inicia un nuevo proceso de reincorporación con la citación
- aún pendiente de pronunciamiento
- III.3. Otras Consideraciones
- CONFIRMAR