SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2020-S3
Fecha: 05-Ago-2020
segunda problemática planteada
Con relación a la segunda problemática planteada, que converge esencialmente en que la Jueza accionada viabilizó la homologación del acuerdo transaccional antes referido, sin verificar ni valorar con precisión la ambigüedad de su contenido en cuanto al monto establecido como asistencia familiar, que no coincidiría con el voluntariamente estipulado, viciando de nulidad dicho documento; es pertinente recordar, que tal cual se tiene glosado en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional, ante las denuncias de lesiones al debido proceso como emergencia de un procesamiento indebido vía acción de libertad, se debe verificar la concurrencia de los siguientes presupuestos de forma simultánea:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 11
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas’
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- primera problemática
- segunda problemática planteada
- absoluto estado de indefensión
- primer elemento
- segundo elemento
- CONFIRMAR