SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2020-S3

Fecha: 14-Ago-2020

II.4.

II.4.  Mediante providencia de 26 de junio de 2017, el Juez de la causa designó defensor de oficio ante la falta de contestación a la demanda, indicando que el demandado -ahora accionante- podía asumir defensa en cualquier momento y en el estado en que se encuentre el proceso; asimismo, invocando el art. 210.II del CF, señaló audiencia para el 31 de julio del referido año (fs. 39), modificándola posteriormente para el 11 de agosto del citado año, debido a la falta de apersonamiento del defensor de oficio y a efectos de evitar nulidades (fs. 42).