Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2020-S3
Fecha: 14-Ago-2020
II.7.
II.7. Consta comisión instruida sobre liquidación de asistencia familiar, con representación de notificación de 4 de febrero de 2019, suscrita por Pedro Ayma Colque, Secretario General de la Comunidad “Pauca” del departamento de La Paz, en sentido de que se apersonó al domicilio señalado del hoy peticionante de tutela, siendo atendido por Eufracio Roman Condori quien se identificó como padre del prenombrado, señalando que no vive en ese domicilio, tomando el papel y rehusándose a firmar (fs. 107 a 114 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- a)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”»
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR