SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2020-S3

Fecha: 27-Ago-2020

Fragmento 15

           La celeridad se constituye no solo un elemento del debido proceso, sino que configura como un principio base de la facultad de impartir justicia, conforme lo establece la Norma Suprema y es precisado en la SCP 0685/2018-S1 de 26 de octubre, que sobre el particular refiere: «La potestad de impartir justicia se rige entre otros, por el principio de celeridad, establecido en el art. 178.I de la CPE, al señalar que: “La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico…”.