SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2020-S3

Fecha: 27-Ago-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de transporte de sustancias controladas, la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primera de Sipe Sipe del departamento de Cochabamba -ahora accionada-, ordenó su detención preventiva pese a que se encontraba en estado de gestación; es así, que en ejercicio de su derecho a la defensa, el 26 de noviembre de 2019, solicitó la cesación de dicha extrema medida, sin que hasta la interposición de la presente acción tutelar -23 de diciembre del citado año- se hubiese señalado la respectiva audiencia, incumpliendo el plazo de tres días que determina la norma procesal penal para tal fin; siendo éste el primer hecho vulnerador de sus derechos; el segundo, radica en que la Jueza accionada; omitió remitir el cuaderno de control jurisdiccional al Juzgado de turno por la vacación judicial colectiva de fin de año, pues conforme a la “circular 08/2019”, tenía la obligación de enviar todos los casos con detenidos al referido Juzgado, lo que no ocurrió, cuando correspondía que actué con la mayor celeridad posible o al menos dentro de los plazos establecidos en la norma; por lo que, al haberse actuado de manera dilatoria, se ocasionó la irresolución de su situación jurídica.