Juristeca
Juristeca País
    ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0552/2020-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0552/2020-S1

    Fecha: 23-Sep-2020

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 197/19 de 10 de diciembre de 2019, cursante de fs. 82 a 87 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Palmira Cabrera Lizarazu y Willan Vaca Terceros contra Sigfrido Soleto Gualoa y Hugo Juan Iquise Saca, Vocales de la Sala Penal Tercera y Primera respetivamente, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.

    • acción de amparo constitucional
    • Auto Interlocutorio 26/19 de 14 de febrero de 2019
    • a)
    • i)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • II.1.
    • Auto de Vista 108 de 15 de julio del mismo año
    • la fundamentación
    • con la debida fundamentación
    • 77
    • 78
    • (1)
    • que es la justificación de la decisión
    • la fundamentación y motivación
    • Auto de Vista 108 de 15 de julio de 2019
    • Auto Interlocutorio 26/19 de 14 de febrero de igual año
    • REVOCAR
    • lo consagra como un principio, un derecho y una garantía, es decir, la naturaleza del debido proceso es reconocida por la Constitución en su triple dimensión: como derecho fundamental de los justiciables, de quien accede reclamando justicia, la víctima y de quien se defiende el imputado
    • iii)

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca