SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2020-S2
Fecha: 09-Sep-2020
concedió
La Jueza de Sentencia Penal Decimotercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 18 de 22 de diciembre de 2019, cursante de fs. 87 a 89 vta., concedió la tutela solicitada, dejando en suspensión cualquier mandamiento de aprehensión que se hubiera extendido contra los accionantes, hasta que el Juez encargado del control jurisdiccional retome sus funciones, el 2 de enero de 2020; bajo los siguientes fundamentos: 1) Sobre un caso similar la SC 0877/2011-R estableció que, cuando el juez titular de una causa se encuentra de vacaciones, y no se haya remitido el expediente al juez de turno, esta queda sin control jurisdiccional; situación que igualmente aconteció en el presente caso; 2) La Circular 285/2019 de 20 de noviembre, emitida por Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento, estableció la vacación judicial colectiva, determinando únicamente la remisión de los expedientes con detenidos a los juzgados de turno, y al no existir ese contexto en la investigación en curso, no se remitió la referida causa; quedando la misma sin el indicado control; situación que, imposibilitó a los ahora peticionantes de tutela efectuar cualquier reclamo; lo que derivó en la posibilidad de la ejecución de un mandamiento de aprehensión en su contra.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- ya sea de oficio o a petición de parte
- F.J. III1.
- F.J. III
- F.J. III.2