SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2020-S3
Fecha: 02-Sep-2020
Consideraciones preliminares
Los accionantes, en su memorial de acción de amparo constitucional, denunciaron inicialmente la vulneración de sus derechos al agua, al trabajo, a la propiedad, a la alimentación, a la vida y a la petición, y el principio del vivir bien; sin embargo, en audiencia precisaron su solicitud y manifestaron, que a través de la presente acción de defensa únicamente demandan la tutela del derecho de petición y la entrega del Acta de reunión de la comunidad de Bella Vista, en la que se decidió suspenderles el derecho al uso de agua para riego; puesto que, respecto a los demás derechos, necesitan recolectar mayores elementos de prueba para así evitar una posible denegatoria de tutela, por lo cual, respecto a dichos derechos alegan que plantearán otra acción de defensa.
Por lo señalado, considerando el principio dispositivo y siendo que en el ámbito procesal el petitorio delimita el accionar de las autoridades que están obligadas a resolver lo demandado, debiendo existir congruencia entre lo pedido y lo resuelto, en esta Sentencia Constitucional Plurinacional únicamente se analizará y resolverá el derecho de petición, y no así lo demás derechos inicialmente consignados en el memorial de demanda tutelar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1
- I.1.2
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- obtención de respuesta formal y pronta
- Fragmento 13
- cuando la autoridad judicial, administrativa o funcionario público, no responde de manera fundamentada en el plazo que fija la ley o en un tiempo razonable, ya sea en sentido positivo o negativo
- debe responderse
- vehículo para el
- Consideraciones preliminares
- Sobre la problemática concreta
- CONFIRMAR