SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

debe responderse

Respecto al contenido de la respuesta fundamentada, esta no debe limitarse a una consecuencia meramente formal o procedimental, sino que más bien implica que debe responderse materialmente el fondo de la petición, de forma que cubra las pretensiones del solicitante, ya sea exponiendo las razones del por qué no se la acepta, explicando lo solicitado o dando curso a la misma, sin incurrir en alegatos evasivos.