SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

vehículo para el

Finalmente, este derecho se constituye en un instrumento idóneo, expedito e inmediato para que las personas puedan acudir ante una autoridad o servidor público, con el objeto de requerir su intervención en un asunto concreto o de solicitar una determinada información o documentación que cursa su poder. Lo señalado “…se fundamenta en la naturaleza informal del derecho de petición y en el hecho que el mismo sea un vehículo para el ejercicio de otros derechos que requieren de la información o la documentación solicitada para su pleno ejercicio; por tal motivo, la respuesta solicitada debe ser formal y pronta, dando respuesta material a lo solicitado ya sea en sentido positivo o negativo, dentro de un plazo razonable” (SC 1995/2010-R de 26 de octubre).