SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0433/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0433/2020-S2

Fecha: 22-Sep-2020

5)

5)  Al estar resuelto el contrato, como resultado de la cláusula resolutoria expresa, no es viable que los vicios de la obra sean eliminados por la Empresa demandada, conforme lo estipula el art. 741.I del CC, pues como correctamente lo advierte la recurrente, el objeto del proceso no fue el cumplimiento del contrato, sino el resarcimiento de daños y perjuicios por el contrato, el cual ya fue resuelto de forma extrajudicial ante el incumplimiento de la contraparte;