SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0433/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0433/2020-S2

Fecha: 22-Sep-2020

6)

6)  De la revisión de obrados, no se advierte que la demandante hubiese presentado o producido prueba para acreditar la existencia de lucro cesante o para cuantificar el resarcimiento por el perjuicio ocasionado; es decir, debió valerse de prueba para acreditar la pérdida de beneficios económicos y al no habitar, rentar o disponer el bien inmueble le generaba perjuicios; como si se tratara de una consecuencia lógica o pretensión accesoria, debiendo contarse con una conexión o vinculación inmediata y directa que la comitente se hubiera propuesto realizar con terceras personas con miras a obtener algún beneficio o ganancia, no teniéndose por probado hechos constitutivos que permitan precisar cuál el lucro cesante ocasionado y cuál la cuantificación del perjuicio; y,