Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2020-S4
Fecha: 16-Sep-2020
II.1.
II.1. Mediante informe escrito presentado por los demandados y lo señalado en audiencia de acción de amparo constitucional, que corrobora lo sostenido por el solicitante de tutela en su memorial de interposición de la presente acción de defensa, se establece que Víctor Hugo Fuentes Sanjinés, junto a su conviviente Sabina Eva Velez Veizaga, se encuentra en posesión de una vivienda ubicada al interior del predio ubicado sobre la calle Cochabamba, entre Héroes del Chaco, frente a la FELCC de Quillacollo del departamento Cochabamba (fs. 58 a 63 vta. y 123 a 124 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.2. Los actos lesivos continuos en vías de hecho y el cómputo del plazo de caducidad para la activación de la acción de amparo constitucional
- en vías de hecho, pueden existir actos lesivos que generen una afectación a derechos mediata en el tiempo
- III.3. Sobre el derecho a la vida y a la salud
- en convivencia colectiva con acceso al agua
- El acceso al agua y alcantarillado constituyen derechos humanos
- Fragmento 17
- III.5. Análisis del caso concreto
- VICTOR HUGO FUENTES SANJINEZ
- era compartido en su uso
- REVOCAR
- 2° Disponer
- 3° Ordenar
- 4° Llamar