SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

iii)

iii)     En el Laudo Arbitral se determinó que la existencia de filtraciones fue probada y las calificó como vicios que impiden al comprador -Banco hoy tercero interesado- ejercer su derecho de propiedad, además que la Cláusula Novena de la Escritura Pública 168/2018 de 1 de marzo, no faculta al Tribunal Arbitral a resolver ese tipo de controversias. Sin embargo, esa Cláusula se refiere a que cualquier controversia o diferencia relativa a dicho contrato y a su ejecución será sometida y resuelta en la vía de conciliación y arbitraje; por consiguiente, el señalado Laudo Arbitral incurrió en una fundamentación incongruente, correspondiendo precisar que las autoridades deben brindar una tutela judicial efectiva resolviendo de forma concreta cada una de las pretensiones planteadas, entendiéndose que ese aspecto corresponde al orden público en su componente del debido proceso como requisito imprescindible para la existencia de un Estado de Derecho.