Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0516/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
II.2.
II.2. Consta Auto Supremo 149/2019 de 6 de junio, a través del cual, se declaró infundado el recurso de casación interpuesto por YPFB, casándose el Auto de Vista 215/2011 de 3 de octubre; y, deliberando en el fondo, se dispuso mantener subsistente la sentencia de primera instancia, con la modificación de que el pago de alquileres debía efectuarse en el término dispuesto en la Sentencia 23/09 bajo alternativa de resolución de contrato (fs. 8 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Los procesos en ejecución de sentencia ya iniciados se regirán por lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil para las actuaciones que aún puedan realizarse o modificarse hasta el cumplimiento de la sentencia
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala constitucional
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.2.
- III.3.
- III.3.1.
- III.4.
- Sentencias y Autos Definitivos
- CONFIRMAR