Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0516/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
III.3.1.
Previo a ingresar al análisis de la problemática venida en revisión y de la revisión de los antecedentes procesales, se evidencia que la denuncia versa en sentido que el Auto de Vista 76/19; por el cual se declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación interpuesto por la impetrante de tutela, hubiera incurrido en una errónea interpretación de la norma, lo que implica que su solicitud infiere a que este tribunal, analice la interpretación de la legalidad ordinaria, razón por la cual, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Los procesos en ejecución de sentencia ya iniciados se regirán por lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil para las actuaciones que aún puedan realizarse o modificarse hasta el cumplimiento de la sentencia
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala constitucional
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.2.
- III.3.
- III.3.1.
- III.4.
- Sentencias y Autos Definitivos
- CONFIRMAR