SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2020-S1

Fecha: 17-Sep-2020

De existir observaciones de fondo, el Consejero deberá hacerlas conocer 24 horas antes de la sesión

Artículo 28.- De todas las sesiones del Consejo Universitario se levantará un acta, ésta y los anexos originales serán enviados al Archivo Central de la Universidad Amazónica de Pando. Asimismo, se hará conocer el borrador del acta al momento de citar a la siguiente sesión a los delegados titulares con derecho a voz y a voto del HCU, para su correspondiente revisión. De existir observaciones de fondo, el Consejero deberá hacerlas conocer 24 horas antes de la sesión.