SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0518/2020-S1

Fecha: 17-Sep-2020

II.2.

I.       Las universidades públicas son autónomas e iguales en jerarquía. La autonomía consiste en la libre administración de sus recursos; el nombramiento de sus autoridades, su personal docente y administrativo; la elaboración y aprobación de sus estatutos, planes de estudio y presupuestos anuales; y la aceptación de legados y donaciones, así como la celebración de contratos, para realizar sus fines y sostener y perfeccionar sus institutos y facultades. Las universidades públicas podrán negociar empréstitos con garantía de sus bienes y recursos, previa aprobación legislativa.

Conforme a la Norma Suprema, las universidades tienen la facultad de aprobar sus estatutos y reglamentos en el marco del ejercicio de la autonomía; en ese sentido, el Honorable Consejo Universitario de la UAP emitió su Reglamento de Organización y Funcionamiento, aprobado por Resolución HCU 14/2016 de 24 de febrero; a través de la cual se rige, estableciendo que: