SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0536/2020-S3

Fecha: 24-Sep-2020

a)

Solicitan se conceda tutela, y en consecuencia: a) Se les restituya a sus fuentes de trabajo en las diferentes dependencias del Hospital General San Juan de Dios Bloque Oruro Corea y que los ahora accionados por sí o por terceras personas allegadas a ellos eviten la perturbación, amenazas y agresiones contra sus personas; b) En resguardo de su dignidad personal, física y psicológica, Julia Ludgar Sauna Ovando de Morales, Secretaria del Sindicato de Trabajadores del referido Hospital General y Juan Carlos Calizaya Guzmán, Secretario Ejecutivo de la Federación de Trabajadores de Salud Pública de Oruro, les otorguen las garantías necesarias, para el normal desempeño de sus funciones; y, c) Se determine la condenación de costas y responsabilidad civil por parte de los hoy accionados, averiguable en ejecución de sentencia.

En mérito a esa solicitud, la Sala Constitucional, señaló lo siguiente: a) De acuerdo a los medios de prueba se advirtió un posible conflicto social respecto a la renuncia del Director del Hospital General San Juan de Dios; pero como se advirtió un conflicto, no se pudo individualizar ni establecer los medios probatorios que acrediten la existencia de agresiones y amenazas, por lo que, se llegó a la conclusión, que los accionantes no otorgaron la suficiente carga probatoria para evidenciar los extremos vertidos en la presente acción tutelar; y, b) Con relación a las marcaciones, se pudo constatar que los accionantes marcaron su registro biométrico hasta el 25 de noviembre de 2019, por lo que se concluye que no es cierta la restricción al ingreso a su fuente laboral.