SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2020-S3

Fecha: 16-Sep-2020

6)

6)  El admitir el trámite de una demanda improponible no solo atenta los principios de economía procesal y celeridad, sino que se activa y recarga inútilmente la labor de los Órganos Judiciales, es que corresponde dar curso a lo reclamado en los puntos 1 y 4 del recurso de casación del demandado, resultando en ese sentido innecesario considerar los demás reclamos expuestos en la impugnación como aquellos que fueron denunciados por Roxana Pérez Justiniano en su calidad de tercera.