AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2021-RCA

Fecha: 31-Mar-2021

admisión

Finalmente corresponde precisar que no se ingresa al análisis de otros aspectos formales de la demanda preservando el principio de economía procesal; púes, conforme determina la SC 0505/2005-R de 10 de mayo: “…la admisión o el rechazo del amparo constitucional debe resolverse luego de presentado el recurso, para así evitar activar innecesariamente el procedimiento posterior; empero, antes de realizar la evaluación de los requisitos de admisión, el juez o tribunal de amparo está obligado a determinar si el recurso es procedente o improcedente…” (las negrillas son nuestras), de acuerdo con lo previsto en los arts. 53, 54 y 55 del mismo Código.