AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2021-RCA

Fecha: 31-Mar-2021

pidió la anulación del Auto que dispuso la retención de haberes que hubiera sido dispuesta en vigencia del Código de Procedimiento Civil abrogado

Señala que, por escrito de 8 de noviembre de 2019, observó la liquidación de capital e intereses efectuada, planteando la prescripción bienal de los intereses y solicitando la “apertura de incidente”, por cuanto el actor reconoció que recibió pagos sin otorgar recibos; por lo que, pidió la anulación del Auto que dispuso la retención de haberes que hubiera sido dispuesta en vigencia del Código de Procedimiento Civil abrogado, medida que debió suspenderse desde la fecha que entró en vigencia de la Ley 439, que en su art. 318.1 establece que los sueldos y salarios son inembargables, reclamando a su vez la repetición a su propietario Grover Ernesto Guardia, de los depósitos realizados del 2016 al 2019 en el Departamento de Finanzas del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, solicitud que reiteró el 15 de enero, 7 de febrero, 12 de marzo y 28 de agosto, todos de 2020.