SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2021-S3

Fecha: 29-Mar-2021

II.3.

II.3.    Por proveído de 3 de mayo de 2013, la Jueza de Instrucción en lo Civil y Comercial Séptima del departamento de La Paz, indicó que la Sentencia 695/2004 ordenó la cancelación de $us1 056 49.-, y que de la liquidación presentada se tendría que el saldo a capital continuaría siendo el mismo a pesar de haberse endosado y desglosado depósitos judiciales como se evidencia de los certificados de restitución de “…fs. 168 “B”, 183, 210, 221 de obrados…” (sic), disponiendo que la entidad ejecutante presente liquidación de capital e intereses en la cual se consignen las fechas, cálculo de intereses y pagos parciales realizados, debiendo imputarse un quinto al capital y el saldo a los intereses en aplicación de lo previsto por el art. 317.II del CC, señalando el nuevo monto adeudado a capital (fs. 62).