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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2021-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2021-S3

    Fecha: 26-Abr-2021

    I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados

    Los impetrantes de tutela consideran lesionados sus derechos al debido proceso en su elemento de correcta interpretación de la norma y el principio de legalidad, al juez natural, a la igualdad y a la defensa, citando al efecto los arts. 115.II, 119.I y 120.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • extrajudicialmente
    • I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.
    • III.1. Derecho al juez natural y los mecanismos para garantizar su ejercicio
    • Juez competente
    • elevará antecedentes
    • Fragmento 18
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • no es posible que las autoridades judiciales cuestionen a través de esta acción de defensa supuestas lesiones a sus derechos emergentes de la revisión de una excusa formulada en la tramitación de una causa
    • III.4.  Otras consideraciones
    • CONFIRMAR en parte
    • 1°
    • 3°  Exhortar

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