Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2021-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2021-S3

    Fecha: 26-Abr-2021

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • se le reitera que la solicitud de Calificación De Renta Única De Vejez Con Reducción De Edad fue Desestimada y ejecutoriada agotándose los medios de reclamo en la vía administrativa del SENASIR
    • con el DR. EDGAR ARIAS BLACUT
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. El derecho a la seguridad social y las excepciones al principio de subsidiariedad
    • Dicha excepción debe ser aplicada a los supuestos en que se alegue lesión al derecho a la seguridad social y concretamente al derecho a la jubilación, debido a la vinculación que tienen los mismos con otros derechos fundamentales, como la vida, la salud física y psicológica y la dignidad, de los cuáles son la base y fundamento
    • derecho a la jubilación
    • constituyen un grupo de atención prioritaria en aumento
    • El Estado y la sociedad en su conjunto por los riesgos a los que están expuestos, tiene la obligación de dar prioridad a la prevención y el cuidado de la calidad de vida de los adultos mayores
    • Fragmento 24
    • la plena efectividad de los derechos por él reconocidos’
    • el Estado debía tomar medidas para garantizar que se
    • lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • para proseguir
    • rehabilitación
    • encontrándose dicha determinación ejecutoriada
    • Calificación de Renta Única de Vejez con reducción
    • no obstante, en atención a la facultad previsora el Tribunal Constitucional, puede dimensionar los efectos de la Sentencia Constitucional, y de acuerdo a las circunstancias del caso y de manera excepcional toma determinaciones de tal manera que no se genere inseguridad jurídica
    • REVOCAR en todo

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca