SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0117/2021-S3
Fecha: 26-Abr-2021
II.9.
II.9. Consta CITE: SENASIR U.N.O./A.D.R. N° 149/2018 de 23 de abril, por el que el Director General Ejecutivo a.i. del SENASIR en respuesta a la solicitud de la accionante sobre rehabilitación de renta de jubilación, manifestó que por Auto 006791, la Comisión de Calificación de Rentas del Servicio Nacional del Sistema de Reparto dispuso la desestimación de su Renta Única de Vejez con Reducción de Edad en el Sistema de Reparto, al no cumplir con los requisitos legales, la cual fue notificada el 1 de octubre de 2010, reiterándole que su pedido fue desestimada y ejecutoriada agotándose los medios de reclamo en la vía administrativa del SENASIR; no obstante, se le comunicó que podrá presentar su trámite para la Compensación de Cotizaciones (fs. 44); misiva que fue puesta en conocimiento de la accionante el 4 de mayo de 2018 (fs. 44 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- se le reitera que la solicitud de Calificación De Renta Única De Vejez Con Reducción De Edad fue Desestimada y ejecutoriada agotándose los medios de reclamo en la vía administrativa del SENASIR
- con el DR. EDGAR ARIAS BLACUT
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a la seguridad social y las excepciones al principio de subsidiariedad
- Dicha excepción debe ser aplicada a los supuestos en que se alegue lesión al derecho a la seguridad social y concretamente al derecho a la jubilación, debido a la vinculación que tienen los mismos con otros derechos fundamentales, como la vida, la salud física y psicológica y la dignidad, de los cuáles son la base y fundamento
- derecho a la jubilación
- constituyen un grupo de atención prioritaria en aumento
- El Estado y la sociedad en su conjunto por los riesgos a los que están expuestos, tiene la obligación de dar prioridad a la prevención y el cuidado de la calidad de vida de los adultos mayores
- Fragmento 24
- la plena efectividad de los derechos por él reconocidos’
- el Estado debía tomar medidas para garantizar que se
- lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura
- III.3. Análisis del caso concreto
- para proseguir
- rehabilitación
- encontrándose dicha determinación ejecutoriada
- Calificación de Renta Única de Vejez con reducción
- no obstante, en atención a la facultad previsora el Tribunal Constitucional, puede dimensionar los efectos de la Sentencia Constitucional, y de acuerdo a las circunstancias del caso y de manera excepcional toma determinaciones de tal manera que no se genere inseguridad jurídica
- REVOCAR en todo